Te interesa

Sistema interno de información

Sistema interno de información

En cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, se pone a disposición dos canales de denuncia:

  • Canal interno de denuncias.
  • Canal externo de denuncias.

CANAL INTERNO DE DENUNCIAS

¿CUÁL ES SU ÁMBITO?

El ámbito del Sistema Interno de Información de la AVSRE es el propio del organismo autónomo.

La AVSRE no se incluye dentro del ámbito del Sistema Interno de Información de la Administración de la Generalitat (SII-GVA), al ser una entidad del sector público instrumental de la Administración de la Generalitat con más de 50 trabajadores.

¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE ESTE CANAL?

Habilitar medios confidenciales de comunicación para poner en conocimiento del responsable del Sistema de Información las infracciones conocidas en un ámbito profesional con la Administración de la AVSRE.

Las medidas de protección frente a represalias de las personas físicas que informen se pueden consultar en la citada Ley 2/2023.

¿QUIÉN LOS PUEDE UTILIZAR?

Los canales son de uso exclusivo para:

  • Personal empleado público.
  • Personas que trabajen bajo la supervisión o dirección de contratista, subcontratista o proveedor.
  • Personal exempleado, becario, voluntario, en formación, participante en proceso selectivo.

El resto de las personas puede denunciar irregularidades cometidas por el funcionamiento u organización de la Administración de la Generalitat a través de la presentación de denuncias frente a la Inspección General de Servicios de la Generalitat Valenciana (enlace).

¿QUÉ SE PUEDE COMUNICAR A TRAVÉS DE ELLOS?

Acciones u omisiones relacionadas con la actividad de la Administración de la AVSRE que pudieran ser constitutivas de infracciones del Derecho de la Unión Europea, infracciones penales o administrativas, graves o muy graves.

El resto de las infracciones y malas prácticas cometidas por el funcionamiento u organización de la Administración de la AVSRE, se pueden denunciar a través de la presentación de denuncias frente a la Inspección General de Servicios de la Generalitat Valenciana (enlace).

¿QUÉ OCURRE SI PRESENTO OTRO TIPO DE COMUNICACIONES?

No se atenderán otro tipo de comunicaciones. Éstas deberán tramitarse a través de los procedimientos establecidos para ello y dirigirse a los órganos administrativos competentes.

En este sentido, NO SE ATENDERÁN:

  • Reclamaciones de derechos individuales y solicitudes que busquen satisfacer intereses particulares. Cabe advertir que estos canales no son registros administrativos a los efectos de la normativa que regula el procedimiento administrativo común, por lo que su presentación no afectará a los plazos y obligaciones establecidos en los procedimientos a los que se refiere.
  • Denuncias sobre incumplimientos de ciudadanos/as o empresas (hostelería, ruidos, alquileres turísticos, consumo, salud pública, protección animal...).

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN TENER LAS INFORMACIONES?

  • Las personas que presenten las informaciones tienen que ser las indicadas anteriormente (relación profesional).
  • Los hechos comunicados deben conllevar la comisión de infracciones graves o muy graves del ordenamiento jurídico.
  • La finalidad de la comunicación debe ser frenar y/o corregir actuaciones perjudiciales para el interés público y calificadas como infracciones.
  • La información comunicada debe ser detallada y suficiente para identificar los hechos y el periodo de tiempo en el que suceden, la infracción cometida y el presunto infractor o, al menos, la unidad u órgano donde se produce.
  • Se debe aportar toda la información o pruebas de que se disponga o indicar dónde se conservan, para que permitan analizar la verosimilitud de los hechos y su fundamento en la comisión de infracciones.

Finalmente, debe saber que, de conformidad con la Ley 2/2023, la buena fe y la conciencia honesta de que se han producido o pueden producirse hechos graves perjudiciales constituye un requisito indispensable para la protección del informante. En este sentido, se tipifica como infracción muy grave comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad.

¿DÓNDE PUEDO DENUNCIAR?

En cualquiera de los siguientes canales:

CANALES INTERNOS

  • Telemático con certificado electrónico: (PRÓXIMAMENTE / EN CONSTRUCCIÓN)
  • Telemático anónimo: (PRÓXIMAMENTE / EN CONSTRUCCIÓN)

CANAL EXTERNO DE DENUNCIAS

Mediante Protocolo de colaboración funcional entre la Agencia de Prevención y Lucha Contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana y la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), suscrito en julio de 2024, se establece que el Buzón de denuncias de la AVAF actúe como canal externo de denuncias de la AVSRE.

Con motivo de la aprobación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, se pone en marcha el presente servicio para la utilización del BUZÓN EXTERNO DE DENUNCIAS DE LA AVAF, autoridad competente en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

El Buzón de Denuncias de la AVAF es un canal seguro de participación electrónica que nace de la necesidad de facilitar a la ciudadanía la posibilidad de presentar denuncias a través de internet.

Para ello, el Buzón incorpora mecanismos que garantizan la confidencialidad de todas las informaciones y ofrece un espacio de comunicación seguro para mantener contacto con la AVAF y permitir la interacción entre esta y las personas que denuncian, informan o comunican de manera anónima o identificada, cumpliendo con todas las exigencias fijadas por la Directiva 2019/1937(UE) y posteriormente por la Ley 2/2023.

Este Buzón es un medio de lucha contra el fraude y la corrupción que preserva la identidad de la persona que realiza la comunicación y que, además, incorpora herramientas para garantizar los derechos de las personas que sean denunciadas.

Gracias a este canal se posibilita que cualquier persona, incluido el personal funcionario público, puede comunicar infracciones o conductas corruptas o fraudulentas de las que tenga conocimiento en relación con la AVSRE, con la garantía de poder hacerlo en un entorno que cumple todos los requisitos de reserva, confidencialidad, accesibilidad y eficacia, el cual admite las denuncias y comunicaciones, tanto nominales como anónimas, evitando que se puedan sufrir represalias por ello.

Conviene señalar que, para evitar un mal uso del Buzón, se aplicarán criterios estrictos para admitir las comunicaciones con exigencia de responsabilidad civil, penal o administrativa a las personas que comuniquen denuncias falsas o comuniquen hechos con abuso de derecho y vulnerando el principio de buena fe.

Asimismo, se debe recordar que la AVAF no tiene competencias en las funciones y materias que corresponden a la autoridad judicial, el ministerio fiscal y la policía judicial, ni puede investigar los mismos hechos que han sido objeto de sus investigaciones.

Información sobre el Buzón de Denuncias de la Agencia (enlace)


 

OTROS CANALES EXTERNOS

Existen otros canales de denuncia a los que puede acudir en función de la materia:

Buzón de denuncias de la Agencia Valenciana Antifraude (enlace)

Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (enlace)

Buzón de denuncias de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (enlace)

Trámite de denuncia autonómico (enlace) o nacional (enlace) en materia de defensa de la competencia

Trámite de denuncia ante la Inspección de Trabajo (enlace)

Trámite de denuncia autonómico (enlace) o nacional (enlace) en materia tributaria

Canal de denuncia ante la Fiscalía Europea por delitos que afecten a intereses financieros de la UE (enlace)

MÁS INFORMACIÓN

  • Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (enlace).
  • Protocolo (+Info).